Las generaciones de los derechos humanos están clasificadas en cuatro:
-Primera generación: fueron consagrados en los ordenamientos internacionales. Están destinados a la protección del ser humano individualmente considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público.
-Segunda generación: reciben el nombre de derechos asistenciales o prestacionales porque imponen cargas y obligaciones al Estado.
-Tercera generación: reciben el nombre de derechos de la solidaridad humana, ya que se relacionan con la protección del medio ambiente.
-Cuarta generación: se ubican allí los derechos que protegen al ser humano de la manipulación genética, y los peligros del abuso de la biotecnología.
Bibliografía:
Niño, S. V. (2019). EL NEOCONSTITUCIONALISMO: influencia en la construcción del Estado Social de Derecho. Bogota : Leyer Editores. Pags 202- 203
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